Justicia: Seon a los 12 años de prisión, los dos hermanos para homicidio en la estación de servicio de Lorca
Deben compensar a la madre del fallecido con 50,000 euros y 20,000 euros a cada uno de sus seis hermanos. La muerte ocurrió después de la acción penal de tres personas, aunque no es asesinato, proyecta «un reproche grave», mantiene al presidente del magistrado del tribunal del jurado.
El Presidente del Tribunal del Jurado celebrado en el tercer artículo en el Tribunal Provincial de Murcia impuso 12 años de prisión en cada uno de los dos hermanos condenados al delito de homicidio cometido en las primeras horas del 26 de mayo de 2023 en la estación de servicio Sutullelena en Lorca. Según el veredicto, ambos participaron en un menor en el asalto que terminó la vida de un hombre de 47 años.
Según los hechos declarados probados, los acusados y un menor, acompañado por padres, fueron con casualidad al establecimiento, donde la víctima estaba en compañía de varios amigos. Después de una primera confrontación, que incluyó asaltos físicos y en los que incluso los extranjeros intervinieron para probar la mediación, hubo un segundo ataque. Este segundo episodio fue descrito por el jurado como un apuro plural y coordinado, en el que, mientras que uno de los menores asistió a varias heridas de arma blanca, una de ellas cuando la aorta cortó, los dos acusados lo golpearon con varios objetos, evitando el robo o la defensa de la víctima.
Los miembros del jurado considerado demostraron que el acusado notó que el niño era varias heridas de puñalada en la víctima y excluyeron que pensaban que solo estaba golpeando.
Mientras que el magistrado se destaca en la oración, «las pruebas documentales (imágenes) y las de naturaleza científica suponen material de alta calidad, sin desprecio por la contribución del testimonio y ciertas admisiones de hechos que han hecho los acusados».
El tribunal del jurado excluyó a la mayoría de que era un delito de asesinato, porque las circunstancias de Alevosía requeridas por el tipo penal del artículo 139 del Código Penal no participan. La acusación del grupo criminal y el delito de lesiones también fueron excluidos.
En la fase de individualización de la sanción, en el marco legal del homicidio malicioso (10 a 15 años), el presidente magistrado impuso una sentencia de doce años en prisión, sin disminuir ni agravar. En su razonamiento, el magistrado subraya que la muerte ocurrió después de la acción criminal de tres personas, aunque no es un asesinato, proyecta «un reproche grave».
Además de la sentencia de la prisión, la penalización requiere una descalificación absoluta durante la penalización, así como la prohibición de acercarse o comunicarse con los familiares de la víctima durante un período de siete años después de su liberación. En cuanto a la responsabilidad civil, el culpable debe compensar a la madre de la fallecida con 50,000 euros y 20,000 euros a cada uno de sus seis hermanos, así como el interés legal correspondiente.
La multa no es firme y puede estar en apelación.
Fuente de la imagen: www.poderjudicial.es
