Justicia: El juez rechaza la participación del Ayuntamiento en el procedimiento por la muerte de 13 personas en el incendio de Atalayas (Murcia)
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También rechaza, a estas alturas del procedimiento, la presentación como acusación popular de UGT, la UCE y Manos Médicas «por falta de legitimación adecuada». Los familiares de cinco de los fallecidos ya están involucrados en el caso y el juzgado está a la espera de recibir los documentos necesarios para subsanar las demás reclamaciones presentadas.
El presidente del Juzgado de Instrucción número 3 de Murcia, en autos notificados hoy, rechaza la comparecencia del Ayuntamiento de Murcia, la Unión General de Trabajadores (UGT) de Murcia, el Sindicato Manos Limpias, la Unión de Consumidores y Usuarios de España . (UCE) de la Región de Murcia en el marco del procedimiento abierto tras la muerte de trece personas en el incendio ocurrido la madrugada del pasado 1 de octubre en la zona nocturna de Atalayas (Murcia).
En el caso de la corporación municipal, el magistrado entiende que no se puede reconocer la personalidad, ni en relación con los bienes jurídicos tutelados por los delitos investigados (trece delitos de homicidio por imprudencia), ni en su condición de persona jurídica pública. . , porque tras analizar la doctrina sustentada por el Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo (además de las distintas audiencias provinciales), “la personificación como acusación popular contra las administraciones públicas sólo se admite en la medida en que exista una autorización expresa a tal legitimación por una disposición legal, sin admitir un simple vínculo entre el delito y el ejercicio de las facultades atribuidas a la persona pública.
Y, añade, «no se puede en ningún caso reconocer al Ayuntamiento de Murcia como víctima» y «ni siquiera el mayor daño a la reputación de la empresa, ya que estamos ante delitos en los que se identifica a los perjudicados (delitos en los que el bien jurídico tutelado es la integridad corporal), contando ya con la presencia del Ministerio Público para defender la legalidad, los derechos de los ciudadanos y los intereses protegidos por la ley, y acusaciones privadas (padres de las víctimas) que defienden los intereses particulares de quienes han resultado heridos.
Sobre la solicitud de comparecencia de UGT, Unión Mains Propres y la UCE, el juez advierte, en este momento del procedimiento, de un fallo de legitimación en los plazos, «no se ha establecido ningún vínculo entre la entidad solicitante y los hechos investigados». no ha sido revelado en este momento. . , en cuanto a sus objetivos específicos para los efectos del proceso. Personas que, en todos los casos, fueron combatidas por el Ministerio Público.
Las órdenes no son definitivas, están sujetas a reforma y recurso.
Los familiares de cinco de los fallecidos en el incendio ya están involucrados en el caso, una vez que presentaron los documentos que les solicitaron para subsanar las solicitudes realizadas. Proceso en el que se encuentran otras familias.
Ruina inminente del lugar.
Por otro lado, el juez autorizó a los dueños de los locales donde se ubicaban las discotecas Teatre y Fonda Milagros a proceder a su demolición, sin embargo, establece que esto deberá hacerse en presencia de la policía judicial «a fin de esclarecer la situación». Problemas mencionados «a la instalación eléctrica».
Se responde así a la petición realizada al juzgado, tras su declaración de ruina inminente y la orden municipal de derribo.
Fuente de la imagen: www.poderjudicial.es

Experiencia: María tiene más de una década de experiencia cubriendo noticias políticas y de derechos humanos tanto a nivel nacional como internacional.
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