Justicia: El TSJ condena a la ciudad de Murcia por la persistencia de los ruidos nocturnos en las quiterios de Santa
La controvertida sala considera el recurso de un vecino para violar sus derechos fundamentales debido a la exposición continua en una ruta declarada como una zona especial de protección acústica (ZPAE). Subraya que la inviolabilidad de la casa también incluye protección contra asaltos indirectos «no solo aquellos que implican penetración física directa»
La controvertida cámara de la administración del Tribunal Superior de Juez de Murcia (TSJMU) estimó la apelación presentada por un vecino en la Rue Santa Quiteria en la capital y condenó a la ciudad de Murcia por haber violado sus derechos fundamentales debido a la inacción contra los problemas de ruido graves en una propiedad ubicada en una ruta considerada como una zona de protección acústica especial (ZPAE) desde 2018.
La oración reconoce la violación de los derechos de la vida, la integridad física y moral (Art. 15 EC), la intimidad personal y familiar y la inviolabilidad del hogar (Art. 18 CE), como resultado de la exposición continua en el ruido excesivo generado por las premisas de ocio y las aglomeraciones nocturnas.
El tribunal considera que el Consejo Municipal no ha adoptado las medidas previstas en la Declaración de la Zona de Protección Acústica Especial (ZPAE) y que su inactividad ha causado daños morales continuos al solicitante. «El derecho fundamental a la intimidad personal y familiar y la inviolabilidad de la casa (…) incluye el de superar todo tipo de invasiones en el hogar, no solo aquellas que suponen la penetración física directa, sino también (…) por la producción de ruido», explica la resolución.
En esta etapa, el tribunal recuerda otras sanciones emitidas en la misma dirección: en 2001, por el ruido causado por los pubs Cabo de Palos; En 2006, por ruido, malos olores e incomodidad de la autorización de las industrias de bronceado; En 2007, para las desventajas causadas por los pubs de Cieza; Y, el mismo año, para los ruidos de un lugar en Jumilla.
Mediador de ocio
La Declaración de ZPAE sobre la Rue Santa Quiteria y el entorno de hogar de la persona que llamó, explica la resolución, prevé la adopción de medidas de control generales. Entre ellos: la implementación de una red de medidores acústicos para registros continuos, la intensificación del control de las órdenes públicas y las premisas, la creación de la figura del mediador de ocio, el fortalecimiento de la inspección ambiental para verificar la adecuación de las premisas existentes y la limitación de las nuevas licencias en las calles con una noche acústica que se avanza, según la mortalidad de la ley.
La oración ordena a la ciudad de Murcia que repare el daño causado y que le pague al recurrente a una compensación de 13,000 euros por año desde mayo de 2022 hasta la adopción de medidas efectivas que eliminan las molestias acústicas.
Entre las pruebas preciosas, se enumeran los informes de expertos acústicos y psicológicos, así como equipos de video y testimonio, que demuestran superar los niveles autorizados por la prescripción municipal y el daño a la salud del solicitante. «Se puede deducir fácilmente, sin mucho esfuerzo, que esta presencia significativa de personas por la noche genera un volumen de ruido que obviamente será aburrido para los inquilinos cerca de las premisas que generan con su actividad de ocio esta concentración de masa», explica la oración.
Y, en términos de la situación del apelante, concluye que esto sufre de un trastorno de adaptación de ansiedad con el especificador persistente, y enfatiza que el informe psicológico de expertos médicos y legales afirma la existencia de un vínculo causal entre la situación del ruido generado por estos establecimientos y los trastornos descritos ha sufrido: los síntomas del contrato, el estrés.
Es probable que esta decisión apele a la Corte Suprema, si el interés casacional está de acuerdo.
Fuente de la imagen: www.poderjudicial.es
