Justicia: La Audiencia confirma el archivo de la investigación sobre las inundaciones en el sur del Mar Menor en 2013 y 2015
El procedimiento se abrió indirectamente contra seis comerciantes y un funcionario tras una denuncia por delitos contra el medio ambiente, ordenación del territorio y desvío de aguas, entre otros.
La Sección 5 de la Audiencia Provincial de Murcia confirma el sobreseimiento provisional concedido por el Juzgado de Instrucción número 2 de Cartagena de las actuaciones que investigaban los canales meridionales del Mar Menor que produjeron inundaciones tras las torrenciales lluvias de 2013 y 2015 y sus efectos. en propiedades privadas y en la laguna.
La Sala, tras examinar el procedimiento y los fundamentos del recurso de apelación, considera que el auto debe ser confirmado y concluye que «de la larga y exhaustiva investigación se desprende que la comisión de los delitos no estuvo debidamente justificada, y es Además, “ya es posible la continuación de la causa, por imperativo del artículo 324 del Código Procesal Penal”, una vez finalizado el período de investigación.
El caso se abrió en 2016 contra seis empresas tras una denuncia del Ministerio Fiscal por delitos contra la ordenación del territorio, contra el patrimonio arqueológico, contra los recursos naturales y el medio ambiente y delitos de usurpación de agua para uso público o privado. Y, paralelamente a este caso principal, se abrió un proceso separado contra un funcionario por actos que podrían constituir un delito contra la planificación regional.
Respecto a la alegación de que continúa el procedimiento llevado a cabo por acusaciones particulares recurrentes, los magistrados recuerdan que «estamos en un procedimiento penal» y para ello no basta con afirmar que «el Mar Menor sufre un grave problema de contaminación por no contaminación». -cumplimiento de diversas normas por parte de personas y entidades públicas y privadas», sino que «requiere atribuciones específicas de delitos a personas concretas». Sin «diversas irregularidades administrativas que podrían llevarnos simplemente a sostener que estamos ante hechos que podrían constituir un delito», subrayan.
Finalmente, en cuanto al sobreseimiento gratuito acordado por el juzgado de instrucción respecto del funcionario en sala separada, la Sala entiende que, al igual que lo acordado respecto del resto de los imputados, se trata de “la comisión de un delito”. por lo que revoca la decisión del tribunal inferior sobre este punto, aceptando el sobreseimiento provisional.
La resolución es firme.
Fuente de la imagen: www.poderjudicial.es

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