Justicia: La investigación sobre irregularidades en la organización de corridas de toros durante las fiestas de Calasparra (Murcia) durante los años 2017, 2018 y 2019 ha finalizado.


El juez de instrucción ordena continuar el procedimiento contra el exalcalde, los dos concejales de Fiestas que se sucedieron en estas fechas y el administrador de una empresa de eventos por prevaricación y malversación de caudales públicos

El presidente del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Caravaca de la Cruz, en auto notificado esta mañana, acuerda continuar el proceso contra José Vélez Fernández, alcalde de Calasparra entre 2017 y 2019, los dos concejales de Festejos que le sucedieron en tales fechas, Jordi Arce Corbalán y Antonio José Merino Moreno y el administrador de la empresa Chipé Producciones, por su presunta participación en los delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos con motivo de la organización de los festejos taurinos de la Feria Taurina del Arroz. , coincidiendo con la carrera de toros matutina que organiza el Ayuntamiento con motivo de las fiestas patronales.

Los debates se centran, según la resolución, en las relaciones jurídicas del ayuntamiento con la empresa por el traslado para las carreras de mañana del ganado alquilado con motivo de los festejos taurinos de la Feria que se desarrollaron por la tarde. Para lo cual hubo, según las actuaciones realizadas, un convenio en 2017, en el que se fijaba un precio de 30.000 euros a pagar por el Ayuntamiento, un segundo convenio en 2018, con el mismo fin, en el que el precio a pagar a pagar pagado era de 37.000 y un contrato inferior a 15.000 en 2019.

El magistrado, tras precisar cronológicamente los hechos objeto de la investigación, describiendo cada una de las cantidades pagadas por el ayuntamiento, resume que a lo largo de tres años observamos cómo el Ayuntamiento de Calasparra asumía y pagaba sistemáticamente con dinero público determinados gastos cuyos gastos directos o beneficiario indirecto fue el empresario investigado, ya sea porque fueron pagos directos a la empresa Chipé por facturas injustificadas (y el Ayuntamiento tampoco fue requerido), ya sea porque fueron desembolsos de la Feria Taurina del Arroz, una actividad privada, o porque constituyen gastos ligados a las arenas, propiedad privada. «De esta forma, el desembolso real realizado por el Ayuntamiento por el traslado de ganado para las corridas de toros superó ampliamente los precios pactados entre el Ayuntamiento y la empresa en los convenios de 2017 y 2018 y en el pequeño contrato de 2019.»

Los hechos denunciados, “sin perjuicio de cualquier calificación ulterior”, subraya el auto, podrían constituir delitos de prevaricación administrativa y malversación de caudales públicos.

Para concluir que las diligencias practicadas hasta el momento “prueban que existen motivos suficientes para atribuir su comisión a los investigados de forma indirecta”, procede, por tanto, continuar con el procedimiento penal.

Tras esta resolución, la Fiscalía y los demás imputados tienen un plazo de 10 días para formular un escrito de acusación, solicitando la apertura de juicio oral o solicitando el sobreseimiento de la causa, concluye la parte resolutiva del auto.

El auto no es firme y cabe recurso de reforma ante el mismo órgano que lo dictó y recurso subsidiario ante la Audiencia Provincial.



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Fuente de la imagen: www.poderjudicial.es

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