Justicia: Tres jóvenes son condenados por agredir sexualmente a dos niñas de 14 y 15 años en Murcia

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El presidente del Juzgado de Menores 1 establece dos años y medio de prisión cerrada para uno de ellos y dos años para los demás, más un año de libertad supervisada con contenido educativo, luego de que cada uno haya admitido los hechos. Además, les impone a ellos y a sus representantes legales la obligación de indemnizar a las víctimas por un importe total de 25.000 euros, con quienes tienen prohibido comunicarse o acercarse a menos de 400 metros.

La magistrada titular del Juzgado de Menores número 1 de Murcia, en sentencia notificada hoy, impuso la medida de internamiento cerrado a tres jóvenes acusados ​​de haber agredido sexualmente a dos niñas de 14 y 15 años en junio de 2022 en el entorno de la urbanización joven y futura .

Además de la medida de confinamiento, se beneficiarán de un año de libertad supervisada con contenido educativo. Y está prohibido comunicarse y acercarse a las niñas en un radio de 400 metros.

Los tres menores, de 17, 15 y 14 años en el momento de los hechos, obligaron a los dos adolescentes a subir a sus motos, los llevaron a un lugar aislado y los agredieron contra su voluntad. Así lo reconoció durante la audiencia celebrada la semana pasada ante los tribunales, durante la cual se revelaron autores de los cuatro delitos de agresión sexual y colaboradores necesarios en otros cuatro ataques, y al aceptar las medidas propuestas por el Ministerio Público, el equipo técnico de La corte. . y uno de los cargos privados. La segunda acusación exige una mayor duración de la medida.

El magistrado recuerda en la sentencia, tras calificar los hechos de «muy graves», que las medidas impuestas en la jurisdicción de menores «no se basan única, ni principalmente», en la proporcionalidad ni en la reprensibilidad penal del delito, sino en principios como “el interés del menor, la rehabilitación, la reintegración y la formación personal para el retorno social”.

Además, destaca que las medidas solicitadas por el representante público y asesoradas por el equipo técnico, dentro de los límites legales, «tienen un cierto componente de sanción y reproche penal, ya que superan el mínimo legal».

La diferencia de duración de la medida de internamiento, dos años y seis meses para uno y dos para los demás, viene determinada por la situación personal, familiar y socioprofesional de cada joven, tal y como se detalla en la sentencia.

Además, se condena a los tres jóvenes y a sus padres, como representantes legales, a indemnizar a las víctimas con un importe total de 25.000 euros.

La resolución no es firme, cabe recurso en cuanto a la duración de la medida y la responsabilidad civil.



Fuente de la Noticia

Fuente de la imagen: www.poderjudicial.es

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