Lorca: El Ayuntamiento de Lorca avanza en la reconstrucción y rehabilitación de inmuebles del centro histórico con la subasta de dos solares en la calle Rubira
Tras la aprobación en el Pleno Municipal de mayo de la declaratoria de inconformidad con la función social del inmueble, se inicia el procedimiento de venta forzosa, mediante subasta pública al alza.
Fulgencio Gil cumple y Lorca sigue dando nuevos pasos dentro del plan municipal que comenzó con su llegada al Ayuntamiento para dar vida al casco antiguo
María Hernández, asesora urbanística: “El objetivo último de todas estas actuaciones es la recuperación y revitalización del conjunto histórico, tanto desde el punto de vista residencial como económico, comercial, etc. Y, según la ley del suelo, los propietarios tienen derechos, pero también obligaciones”
Lorca, 11 de noviembre de 2025. El Ayuntamiento de Lorca inicia el procedimiento de venta forzosa, mediante subasta pública al alza, de dos solares situados en el casco histórico de la villa de Lorca, más precisamente en el eje A (calle Álamo y adyacentes), aprobando el pliego de condiciones administrativas que regirán la venta forzosa.
Así lo anunció la concejala de Urbanismo, María Hernández, quien insistió en que «esta diligencia se suma al resto de actuaciones necesarias que el Ayuntamiento está llevando a cabo para acometer la edificación forzosa de terrenos baldíos en el centro histórico de Lorca, con especial interés en los ejes correspondientes a Álamo, Selgas, Cava y calles adyacentes».
“La subasta de los dos terrenos es un paso más en el plan municipal que inició este equipo de gobierno, con Fulgencio Gil al frente, a su llegada al ayuntamiento y que tiene como objetivo la recuperación y revitalización del centro histórico de Lorca, tanto desde el punto de vista residencial, económico, comercial, etc., a través de la construcción en terrenos baldíos como de la reconstrucción y rehabilitación de inmuebles”.
Esta actuación, en concreto, se produce tras la aprobación en el pleno municipal de mayo de la declaración de incumplimiento de función social del inmueble, ya que sus propietarios no presentaron la documentación requerida para el edificio, transcurridos los 3 meses concedidos para acometerlo.
Cabe recordar que el artículo 240 de la Ley 13/2015, de 30 de marzo, establece que el Ayuntamiento, en el plazo máximo de 6 meses desde la declaración de incumplimiento, pondrá en subasta pública los terrenos o parcelas. El tipo de oferta será el 100 por ciento del valor contenido en el artículo 238.b). El 75 por ciento del precio obtenido será devuelto al propietario, una vez deducidos los gastos ocasionados y, en su caso, las penalizaciones aplicables, el resto corresponderá a la administración.
Si la subasta se declara desierta, se volverá a convocar en el plazo de seis meses, con una reducción del precio del 25%. Si además estuviere desocupado, el municipio podrá, dentro de un plazo adicional de seis meses, adquirirlo para bienes de terreno municipales. Transcurridos los plazos anteriores sin que se haya obtenido la venta, la inscripción en el Registro será nula.
“Otra cuestión a tener en cuenta es que el comprador del inmueble mencionado en el citado artículo está obligado a iniciar las obras dentro de los seis meses siguientes a la toma de posesión del inmueble y a construirlo dentro del plazo fijado en el permiso”, añadió el asesor.
En el presente caso, hablamos del inmueble situado en el número 7 de la calle Rubira (parcela 6, manzana 27, finca 6 de PEPRI) y del inmueble situado en el número 8 de la misma calle (parcela 7, manzana 28, finca 14 de PEPRI).
En ambos casos, el precio de la venta forzosa en subasta pública se aprobará a finales de esta semana, de acuerdo con el contenido del informe pericial o de valoración, de fecha 15 de mayo de 2025, y se aprobarán las condiciones específicas de la venta forzosa, mediante procedimiento de subasta pública al alza.
El anuncio de la venta forzosa se publicará en el Boletín Oficial de la Región de Murcia para que los interesados puedan presentar, dentro de los treinta días naturales siguientes al de su publicación, sus solicitudes de participación en el procedimiento de subasta pública y las correspondientes ofertas económicas, de acuerdo con lo dispuesto en el pliego aprobado; también en el tablón de anuncios electrónico de la sede del Excmo. Ayuntamiento de Lorca.
Para el primer caso, el número 7, la tasación del lote realizada por la Administración asciende a 73.830,74 €. Respecto a la evaluación realizada para el trámite de audiencia, se estima respecto de las posibilidades de actuación sobre el inmueble, que es de nueva construcción, con una altura autorizada de 3 pisos bajo techo; con una profundidad máxima de 17 m. y una superficie solar de 140 m². La edificabilidad se fija en 331 m² para uso residencial y 125 m² para uso de garaje, ubicándose en una zona de interés arqueológico, pero no en un entorno BIC.
En el caso del número 8 de la calle Rubira, la tasación del solar realizada por la Administración asciende a 66.734,70 €. Entre las posibilidades de actuación sobre la explotación agrícola, consideramos conservación, restauración, consolidación, rehabilitación, reforma, reestructuración; con una altura predominante de 3 plantas, 10 m.; con una profundidad máxima de 17 m. y tipología residencial; También se encuentra en una zona de interés arqueológico, pero no en un entorno BIC.
El concejal quiso concluir refiriéndose a que «por parte del Ayuntamiento, no dudamos en facilitar y apoyar a los propietarios en la reconstrucción de sus parcelas, proporcionándoles todos los recursos posibles para que den el paso y comiencen la construcción, pero -por supuesto- seguiremos velando por el cumplimiento de la ley; la Ley del Suelo establece derechos, pero también obligaciones para con los propietarios y, si no se cumplen, la administración está autorizada a actuar».
Fuente de la imagen: www.lorca.es
