Lorca: El ayuntamiento pide al Tribunal Supremo que revise la delimitación del dominio público de los canales municipales


El objeto del recurso es el RD 26/2023, de 17 de enero, por el que se aprueba la revisión y actualización de los planes de gestión del riesgo de inundaciones de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Segura, Júcar y de la parte española del Miño . -Dirección hidrográfica del Sil, Duero, Tajo, Guadiana, Ebro, Ceuta y Melilla

La solicitud se basa en la delimitación del dominio público de los canales que atraviesan el término municipal de Lorca, Rambla de la Torrecilla, Rambla Alta, Barranco Burruezo, Béjar, Biznaga, Nogalte, y que desembocan en el río Guadalentín.

Este tramo es fundamental para establecer correctamente las zonas de flujo preferente en el municipio y así dar respuesta a las demandas de miles de vecinos afectados.

22 de noviembre de 2023. 3.000 hectáreas, o más de 4.200 campos de fútbol, ​​y pérdidas económicas de más de 100 millones de euros. Son datos en cifras, pero lo cierto es que miles de vecinos del municipio de Lorca se verán afectados por el último mapa de zonas de caudales preferentes frente a inundaciones hecho público por la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS).

Distritos como Río, Campillo, La Torrecilla, Purias, Cazalla, Ramonete, Aguaderas y La Hoya, entre otros, se verán afectados por las demarcaciones asociadas a diversos tramos de las zonas con importante riesgo potencial de inundación marcadas por el Gobierno central a través de la CHS .

Los procedimientos judiciales ya están en marcha. “En el Ayuntamiento hemos solicitado al Tribunal Supremo la revisión y actualización del Plan de Gestión del Riesgo de Inundaciones de la Cuenca del Segura, representándonos con el objetivo fundamental de defender los intereses de todos los afectados”, afirmó Ángel Meca, edil de Desarrollo Rural, Infraestructuras y Barrios. A partir de ahora, la autoridad superior fija un plazo de 20 días para formalizar la solicitud.

En concreto, el objeto del recurso es el RD 26/2023, de 17 de enero, por el que se aprueba la revisión y actualización de los planes de gestión del riesgo de inundaciones de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Segura, Júcar y la parte española del distritos hidrográficos de Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana, Ebro, Ceuta y Melilla.

“Nuestra petición se basa en la delimitación del dominio público hidráulico de los canales que atraviesan el municipio de Lorca, Rambla de la Torrecilla, Rambla Alta, Barranco Burruezo, Béjar, Biznaga, Nogalte, y que desembocan en el río Guadalentín”, especifica – su. indicó el edil de Medio Ambiente y Urbanismo, quien añadió “este punto es fundamental e imprescindible para poder establecer correctamente las zonas de flujo preferente en el municipio y así atender las peticiones de miles de vecinos interesados”.

«Ya en enero de este año, el Grupo Popular, entonces en la oposición, pretendía ayudar a los afectados de Lorca a defender sus intereses a través de un estudio que revelaba que al menos el 60% de los terrenos declarados como ‘Flujo Preferente’ por parte de la El Ministerio de Transacciones Ecológicas no debería haber recibido tal calificación”, recordó Hernández.

“Las alegaciones entonces presentadas sobre la cartografía de zonas y los riesgos de inundación asociados al municipio de Lorca nunca han recibido respuesta por parte de la Confederación Hidrográfica del Segura, como Organismo de cuenca competente en esta materia. Es todo ello lo que nos lleva hoy a elevar al máximo nivel los procedimientos del Consistorio para la defensa jurídica de los implicados”, añadió Ángel Meca.

Y es que “mantener el último (ha habido tres) Plan de Gestión del Riesgo de Inundaciones para la Cuenca del Segura supone arruinar a las familias propietarias de los terrenos agregados, ya que desde la última denominación no se ha desarrollado ningún tipo de actividad en ellos, ni construir, ni ejecutar actividades profesionales, ni nada de nada”, recordó el asesor de desarrollo rural.

Conviene en este punto recordar la importancia de determinar correctamente el dominio público de los canales, especialmente en un municipio, como Lorca, que presenta unas características geomorfológicas, ecológicas, hidrológicas e hidráulicas muy concretas y particulares.

Y este es precisamente uno de los argumentos esgrimidos en la demanda, afirmó Ángel Meca: “Las ramblas y barrancos constituyen cursos de agua comunes en el municipio y conllevan un importante nivel de riesgo de inundación, por lo que en el municipio la inundación constituye el riesgo natural”. . de la mayor importancia en términos de número de vidas humanas e impacto económico. Aquí, los azudes rodantes de Béjar, Torrecilla y Nogalte y el canal de evacuación de Biznaga evitarán condenar a los vecinos a no poder construir ningún tipo de edificación en sus terrenos.

Le Plan de Gestion des Risques d’Inondations (PGRI) doit établir des objectifs pour réduire les dommages causés aux personnes, à l’environnement, au patrimoine culturel et aux activités économiques, mais il doit prendre en compte les conditions et circonstances des terrains en pregunta.

“La realización de un adecuado mapeo de riesgos es un paso previo imperdonable a la implementación de cualquier tipo de medidas no estructurales y, por tanto, es fundamental para poder realizar una gestión eficaz de las zonas inundables”, afirmó María Hernández, quien añadió “ la relación entre la cartografía de riesgos y las medidas de protección civil y ordenación del territorio es indiscutible, por lo que la participación conjunta de las administraciones es más que necesaria para conseguir herramientas verdaderamente eficaces; Sin embargo, ante la falta de respuesta y consideración por parte de la SHC, nos hemos visto obligados a intervenir en el juicio ante el Tribunal Supremo, que esperamos se resuelva de forma positiva para los lorcas.



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Fuente de la imagen: www.lorca.es

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