Política: Gobierno declara zona de desastre y aprueba ayudas para afectados por DANA en septiembre
25/09/2023
- La declaratoria de zona severamente afectada por emergencias de protección civil (ZAEPC) incluye 28 regiones dañadas por distintos fenómenos climáticos, incluida la DANA que comenzó en la madrugada del 2 de septiembre.
- Estas y otras lluvias torrenciales registradas este mes causaron daños en Andalucía, Aragón, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Comunitat Valenciana, Baleares, Comunidad de Madrid y Región de Murcia.
25 de septiembre de 2023. El Consejo de Ministros ha acordado este lunes declarar zona gravemente afectada por emergencia de Protección Civil (ZAEPC) 28 comarcas dañadas por diferentes fenómenos meteorológicos adversos e incendios forestales registrados en las comunidades autónomas de Andalucía, Aragón, Castilla y León, de Castilla-La Mancha. , Cataluña, Comunidad Valenciana, Islas Baleares, Comunidad de Madrid y Región de Murcia durante este mes de septiembre.
Entre estas emergencias destaca la depresión aislada de niveles altos (DANA), que ha provocado lluvias persistentes, generalizadas y en algunos puntos extremadamente intensas desde la madrugada del 2 de septiembre, que provocaron la muerte de ocho personas y numerosos incidentes a lo largo de casi todo el año. todo el país. provincias de las comunidades autónomas afectadas.
Las lluvias torrenciales también provocaron inundaciones en calles, sótanos, garajes y carreteras, deslizamientos de tierra, cortes ocasionales de energía y problemas de tráfico ferroviario, así como daños generalizados a infraestructuras y propiedades públicas y privadas, cultivos y operaciones agrícolas, zonas industriales y otras instalaciones de producción. .
La decisión del Consejo de Ministros abre el camino para que los afectados por estas situaciones de emergencia soliciten la asistencia brindada para mitigar los daños corporales; daños materiales a viviendas y bienes, así como a establecimientos industriales, comerciales y otros servicios; así como los correspondientes a corporaciones locales cuyos territorios fueron afectados por las lluvias.
Estas ayudas se conceden con el apoyo del principio de solidaridad interterritorial y con carácter subsidiario, para complementar las actuaciones que, en el ejercicio de sus competencias, se encomiendan a las comunidades autónomas.
AYUDA DIRECTA
Las medidas de recuperación previstas en este acuerdo, previsto por el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, y cuya ejecución corresponde al Ministerio del Interior, son las siguientes:
- Asistencia en caso de fallecimiento o invalidez absoluta y permanente: 18.000 euros.
- Asistencia en caso de destrucción o degradación de bienes de primera necesidad: el coste dentro del límite de 2.580 euros.
- Asistencia por destrucción total de la vivienda habitual: el coste del daño, con un máximo de 15.120 euros.
- Asistencia por daños a la estructura de la vivienda habitual: 50% del daño, con un máximo de 10.320 euros.
- Asistencia por otros daños a la vivienda habitual: 50% del daño, con un máximo de 5.160 euros.
- Asistencia por daños en zonas comunes de una comunidad de propietarios: 50% del daño, con un máximo de 9.224 euros.
- Ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan prestado servicios personales e inmobiliarios: el importe total de los gastos.
- Ayudas a propietarios de establecimientos industriales, comerciales y de servicios, incluidos establecimientos agrícolas, marítimo-pesqueros y turísticos: hasta 9.224 euros.
- Asistencia a comercios locales para gastos vinculados a actuaciones no aplazables: entre el 50% y el 100% según el caso.
- El acuerdo también prevé la posibilidad de aprobar una exención de los costes del organismo autónomo de la Dirección Central de Tráfico por dobles circulaciones o permisos de conducción, así como por anulaciones de vehículos siniestrados.
OTRAS MEDIDAS
- Beneficios fiscales: el Ministerio de Hacienda y Función Pública especificará la exención del tipo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y la reducción del tipo del Impuesto sobre Actividades Económicas que corresponden a los beneficiarios de esta ayuda, que, como es habitual, serán exentos del Impuesto sobre Actividades Económicas Renta de las Personas Físicas, asistencia por daños corporales.
- Medidas laborales y de seguridad social: los ministerios de Trabajo y Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones pueden desarrollar medidas laborales y de seguridad social como bonificaciones y exenciones de cotizaciones a la seguridad social.
- Ayudas al comercio local: el Ministerio de Política Territorial concederá ayudas, hasta el 50%, a proyectos realizados por entidades locales para la reparación de infraestructuras, instalaciones y equipamientos municipales.
- Daños a la infraestructura pública y al dominio público: otros ministerios, en el marco de sus competencias, podrán declarar zona de acción especial, así como la urgencia de las obras, para reparar los daños causados a la infraestructura pública o al dominio público.
- Es importante señalar que las ayudas por daños a las explotaciones agrícolas no están incluidas en este acuerdo, ya que están cubiertas por un sistema de seguros propio, como el Sistema de Seguros Agrarios Combinados, que se ha ido ampliando progresivamente hasta llegar a las infraestructuras, y que permite dar respuesta a las necesidades del sector agrícola ante este tipo de desastres naturales. Lo que prevé el acuerdo es la reducción de los módulos del IRPF para los afectados por este tipo de daños.
Fuente de la imagen: mpt.gob.es
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